ANTECENDENTES DE LOS ARBITRIOS

viernes, 16 de marzo de 2012

ANTECENDENTES DE LOS ARBITRIOS
1.1 TRIBUNAL FISCAL[1]
El 14 de marzo de 2005 el TC solicita al Tribunal Fiscal que no evite efectuar el análisis de constitucionalidad de las ordenanzas municipales sobre determinación de arbitrios bajo la excusa de estar supeditada “únicamente a la ley”[2]. A partir de entonces el Tribunal Fiscal ha emitido resoluciones de observancia obligatoria en las que evalúa en la práctica la constitucionalidad de diversas ordenanzas desde los parámetros del TC, haciendo precisiones sobre la elaboración y distribución del costo de los arbitrios, siendo dichas resoluciones las siguientes:
·           Resolución de Observancia Obligatoria N° 2007-2-03264
·           Resolución de Observancia Obligatoria N° 2008-5-13640
·           Resolución de Observancia Obligatoria N° 2009-7-05948
·           Resolución de Observancia Obligatoria N° 2010-7-5611
·           Resolución de Observancia Obligatoria N° 2011-7-4346

1.2  DEFENSORÍA DEL PUEBLO
A.   INFORME 33 DEL AÑO 2000, sobre Tributación Municipal y Constitución
ü  Manifiesta haber recibido desde su inicio (1993) diversas quejas referidas a la tributación municipal y las tasas constituían los tributos que han originado la mayor parte de las quejas presentadas contra los gobiernos locales.
ü  Fija un marco general de regulación de la tributación municipal a partir de la Constitución y de las normas de desarrollo que determinan el denominado “bloque de constitucionalidad”, dentro del cual se desarrolla el poder tributario de los gobiernos locales.
ü  Determina el marco normativo de las tasas, dentro de ellas los arbitrios y las facultades que respecto de ellas tienen las municipalidades.
B.    INFORME N° 106 DE OCTUBRE DEL 2006, Informe sobre proceso de ratificación de Ordenanzas que aprueban arbitrios municipales en Lima y Callao (ejercicios 2002 al 2006).
Luego de una supervisión al cumplimiento de las Sentencias del Tribunal Constitucional emite entre otras recomendaciones, las siguientes:
ü  A los municipios y al Congreso de la República (en concordancia con la exhortación formulada por el Tribunal Constitucional) que institucionalicen y precisen legalmente la forma de participación ciudadana en la determinación y distribución de los costos por los servicios municipales prestados.
ü  Al Congreso de la República, a que revise y actualice la legislación tributaria municipal vigente, siguiendo los criterios interpretativos del Tribunal Constitucional.
ü  A los contribuyentes y vecinos en general a participar constructivamente en la gestión de sus gobiernos locales.
1.3  INDECOPI
A.   Resolución N° 009-2003/CAM-INDECOPI del 26 de junio del 2003
ü  Aprueba los “Lineamientos en Materia de Tributación Municipal” ante la gran cantidad de casos denunciados referidos a cobros por tributos municipales, materia  que corresponde a barreras burocráticas impuestas por gobiernos locales.
ü  Se pronuncia sobre la ordenanza como el instrumento legal idóneo para la creación de tasas conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades, las mismas que deben ser ratificadas por los consejos provinciales, que a su vez deben ser publicadas.
ü  Establece que la distribución de costos debe responder a criterios de razonabilidad.
B.    Resolución N° 0191-2005/CAM-INDECOPI del 3 de noviembre del 2005
ü  Actualizó los Lineamientos en Materia de Tributación Municipal adecuándolos a las sentencias del Tribunal Constitucional.
1.4 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA
A.   Informe N° 002-2006-CG/EI – Estudios sobre la determinación de la tasa por arbitrios municipales
ü  Presenta un marco conceptual sobre distribución y gestión de servicios urbanos a cargo de la empresa estatal; se definen conceptos de servicios urbanos, bienes públicos y externalidad de la red.
ü  Presenta un Benchmark de mejores prácticas municipales en prestaciones de servicios a la ciudad y rescatan factores críticos para hacer funcionar dichos servicios, las conclusiones y las lecciones aprendidas por dichos municipios.
ü  Presenta un análisis de los ingresos tributarios de municipalidades de Ibero América y que criterios de distribución utilizan éstas para determinar sus tasas a cobrar por los servicios prestados.
ü  Ofrece análisis de los ingresos tributarios municipales administrados en Perú y se analiza la realidad y la evolución de los indicadores de gestión en cobranza y servicios de la Municipalidad de Lima.
B. Resolución N° 431-2007-CG del 20 de diciembre del 2007
La Contraloría, contando con el aporte de unidades orgánicas vinculadas a la materia, ha elaborado el proyecto de Guía de Auditoría a los Arbitrios Municipales, que contiene procedimientos orientados a uniformizar las acciones de auditoría, con enfoque por procesos y resultados, para la ejecución del control gubernamental sobre los arbitrios municipales por los servicios de limpieza pública, parques y jardines, y serenazgo.
1.6  SAT  DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LIMA
Guía para la elaboración de costos de los servicios públicos locales en el Perú del 2009
ü  Reseña el marco normativo, resalta la importancia de los costos en la fijación de tasas de arbitrios municipales.
ü  Define los procesos de estructuración de los costos de los arbitrios municipales.
ü  Señala los aspectos relacionados con la cuantificación de los costos de los arbitrios.
ü  Información de costos a presentar en el procedimiento de ratificación de ordenanzas.
ü  Supuestos de aplicación de costos previamente aprobados.

Además la Municipalidad Metropolitana de Lima ha emitido las siguientes normas para la ratificación de ordenanzas que determinan arbitrios:
ü  Ordenanza N° 607 (24/02/2004) que regula procedimiento de ratificación ante MML: requisitos mínimos, plazos razonables, participación ciudadana
ü  Ordenanza 727 (18/11/2004) que establece cronograma de atención de solicitudes según el tipo de tributo
ü  Ordenanza N° 1533 (27/06/11) de la MML, donde aprueban procedimiento de ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la provincia de Lima
ü  Directiva N° 001-006-00000001 (24/06/04) y la Directiva N° 001-006-00000006 (2/10/05), en las que respectivamente aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias, establece parámetros técnicos y legales para la cuantificación de los costos de los servicios públicos y establece lineamientos para la elaboración del Informe Técnico que forma parte de la ordenanza de arbitrios.
ü  Directiva N° 001-006-00000015 (30/06/2011) del Servicio de Administración Tributaria, sobre determinación de los costos de los servicios aprobados en Ordenanzas Tributarias Distritales de la Provincia de Lima.
ü  Ordenanza N° 1533 (27/06/2011) que aprueba procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la provincia de Lima.


[1] Antecedentes arbitrios, tribunal fiscal, defensoría del pueblo, INDECOPI, contraloría de la república, SAT
[2] STC 41-2004-AI/TC, fj. 63

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Acerca de

Lima, Lima, Peru
Abogada de la Universidad Católica Santa María de Arequipa. Egresada del doctorado en Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Magister en Derecho Constitucional. Especialista en Derecho Tributario. Docente de la Universidad Peruana De Las Americas.